Plan Tarifario de Telecomunicaciones
Plan Tarifario
     

Tarifas de Telefonía Local

Vigentes a partir del 25 de marzo del 2001

 

En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 136 del Decreto Ejecutivo 3301 (Suplemento 832 del Registro Oficial del 29 de Noviembre de 1995, reformado por el artículo 11 del Decreto Ejecutivo 833 (Registro Oficial 2do. - S 194 del 14 de Noviembre de 1997), se publica a continuación las tarifas de los servicios de telefonía local prestados por ETAPA.

 
     
Pensión Básica Mensual Tarifas por Minuto Uso Local
US dólares centavos de dólar
Categoría A Abonados: Populares Marginales y Rurales $ 0,80(a) 0.2 centavos

300 minutos libres

Categoría B Abonados: Residenciales, Sector Público e Instituciones    
B200 : Consumo de 0 hasta 200 minutos $ 1,99 (b) 0.2 centavos
B500 : Consumo de más de 200 minutos hasta 500 minutos $ 3,99 (b) 0.6 centavos
B+500 : Consumo de más de 500 minutos $ 4,79 (b) 0.7 centavos
Categoría C Abonados: Comerciales e Industriales $ 9,99 2.2 centavos
     

Información General

 

1. A estos valores debe agregarse el impuesto establecido por Ley: 12% IVA.

 
     

Adquisición nueva línea

 
Adquisición Nueva Línea (inscripción)
US dólares
Categoría A Abonados: Populares Marginales y Rurales $ 60
Categoría B Abonados: Residenciales, Sector Público e Instituciones $ 90
Categoría C Abonados: Comerciales e Industriales $ 148

Nota: Estos son los precios finales que usted deberá cancelar.

 Estos valores incluyen valor de adquisición más derecho de acceso a la red

 
     

Notas Aclaratorias

 
  1. Incluye 300 minutos de uso libre local.

  2. Resolución Sesión Extraordinaria del Directorio del 30 de agosto de 2001 - Oficio 02697-GG , aprobación de plan promocional con aplicación para los consumos comprendidos entre 200 y 700 minutos, según el siguiente detalle: 

  1. El consumo telefónico entre 201 y 300 minutos tiene el 50% de descuento en la pensión básica, es decir de US$ 2,00 (Rebaja de US$ 3,99 a US$ 1,99).

  2. El consumo telefónico entre 301 y 400 minutos tiene el 35% de descuento en la pensión básica, es decir de US$ 1,40 (Rebaja de US$ 3,99 a US$ 2,59).

  3. El consumo telefónico entre 401 y 500 minutos tiene el 15% de descuento en la pensión básica, es decir de US$ 0,60 (Rebaja de US$ 3,99 a US$ 3,39).

  4. El consumo telefónico entre 501 y 700 minutos tiene el 10% de descuento en la pensión básica, es decir de US$ 0,48 (Rebaja de US$ 4,79 a US$ 4,31).

(Promoción vigente de acuerdo a lo dispuesto mediante Memorandum 0699 y 0700-GG de 1 de diciembre de 2001)

  1. Resolución Directorio Sesión Ordinaria del 17 de mayo de 2004, Aplicación inmediata de lo estipulado en el Art. 15 de la Ley Reformatoria a la Ley del Anciano publicada en el RO No.231 del 12 de diciembre de 2003. - Oficio 2197-GG 31 de mayo de 2004.

  1. Descuento del 50% de la tarifa básica residencial de un teléfono de propiedad del beneficiario en su domicilio. ( Extensivo en su totalidad para ciudadanos discapacitados, de la tercera edad y jubilados sin trabajo).

  2. Descuento del 50% del valor del consumo que causare el uso de la telefonía local, para las Instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: Asilos, Albergues, Comedores e Instituciones Gerentológicas.

  1. Descuento de hasta $6 mensuales en el valor facturado por consumo telefónico local para puestos de auxilio inmediato.

 
 

FUENTE: Dirección General de Planificación - Estudios Económicos y Proyectos; Gerencia Comercial

 
     
Imprimir página Recomendar página







Última modificación: 16 Ene 2010