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Requisitos para obtener una línea telefónica
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Tarifas y promociones |
Vigentes a partir del 25 de marzo del 2001
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En cumplimiento a lo ordenado en el artículo
136 del Decreto Ejecutivo 3301 (Suplemento 832 del Registro
Oficial del 29 de Noviembre de 1995, reformado por el artículo
11 del Decreto Ejecutivo 833 (Registro Oficial 2do. - S 194 del
14 de Noviembre de 1997), se publica a continuación las tarifas
de los servicios de telefonía local prestados por ETAPA. |
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Pensión Básica Mensual |
Tarifas por Minuto Uso Local |
| US dólares |
centavos de dólar |
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Categoría A |
Abonados: Populares Marginales y Rurales |
$ 0,80 |
0.2 centavos |
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300 minutos libres |
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Categoría B |
Abonados:
Residenciales, Sector Público e Instituciones |
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| B200 : Consumo de 0
hasta 200 minutos |
$ 1,99 |
0.2 centavos |
| B500 : Consumo de más
de 200 minutos hasta 500 minutos (a) |
$ 3,99 |
0.6 centavos |
| B+500 : Consumo de más
de 500 minutos |
$ 4,79 |
0.7 centavos |
| Categoría C |
Abonados:
Comerciales e Industriales |
$ 9,99 |
2.2 centavos |
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Información General
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1. A estos valores debe agregarse el
impuesto establecido por Ley: 12% IVA. |
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Adquisición nueva línea
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Adquisición Nueva Línea (inscripción) |
| US dólares |
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Categoría A |
Abonados: Populares Marginales y Rurales |
$ 60 |
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Categoría B |
Abonados:
Residenciales, Sector Público e Instituciones |
$ 90 (b) |
| Categoría C |
Abonados:
Comerciales e Industriales |
$ 148 |
Nota: Estos son los precios
finales que usted deberá cancelar. |
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Promociones
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Resolución Sesión Extraordinaria del
Directorio del 30 de agosto de 2001 - Oficio 02697-GG , con base
a la propuesta de la Gerencia, para establecer descuentos sobre
el pliego de telefonía local vigente resolvió:
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El consumo telefónico entre 201 y 300 minutos tiene el 50%
de descuento en la pensión básica, es decir de US$ 2,00 (Rebaja
de US$ 3,99 a US$ 1,99).
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El consumo telefónico entre 301 y 400 minutos tiene el 35%
de descuento en la pensión básica, es decir de US$ 1,40 (Rebaja
de US$ 3,99 a US$ 2,59).
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El consumo telefónico entre 401 y 500 minutos tiene el 15% de
descuento en la pensión básica, es decir de US$ 0,60 (Rebaja de
US$ 3,99 a US$ 3,39).
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El consumo telefónico entre 501 y 700 minutos tiene el 10%
de descuento en la pensión básica, es decir de US$ 0,48 (Rebaja
de US$ 4,79 a US$ 4,31).
(Promoción vigente de acuerdo a lo dispuesto mediante Memorandum
0699 y 0700 de 1 de diciembre de 2001)
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Resolución Directorio Sesión Ordinaria del 17 de mayo de
2004, Aplicación inmediata de lo estipulado en el Art. 15 de la
Ley Reformatoria a la Ley del Anciano publicada en el RO No.231
del 12 de diciembre de 2003. - Oficio 2197-GG 31 de mayo de
2004.
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Descuento del 50% de la tarifa básica residencial de un
teléfono de propiedad del beneficiario en su domicilio. (
Extensivo en su totalidad para ciudadanos
discapacitados, de la tercera edad y jubilados sin trabajo).
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La aplicación inmediata de los siguientes beneficios para
las instituciones sin fines de lucro que den atención a las
personas de la tercera edad como: Asilos, albergues,
comedores e instituciones gerentológicas:
* Descuento del 50% del valor del consumo que causare el uso de
telefonía local, atendiendo lo establecido en la Ley
Reformatoria de la Ley del Anciano.
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Descuento de hasta $6 mensuales en el valor facturado por
consumo telefónico local para puestos de auxilio inmediato.
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FUENTE: Dirección General de
Planificación - Estudios Económicos y Proyectos - Gerencia
Comercial |
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